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Protección del medio ambiente
calidad del aire
La Ley 34/2007 regula las actividades consideradas contaminantes de la atmósfera. Este acto:
- identifica los contaminantes sujetos a ciertos límites de emisión;
- Algunas actividades requieren autorización previa de emisiones a la atmósfera (etiquetadas como A o B) o requieren comunicación previa (etiquetadas como C); Y
- Impone obligaciones adicionales como la autorregulación y el mantenimiento de un libro registro oficial de emisiones atmosféricas.
Los valores límite de emisión a la atmósfera establecidos por las autoridades regionales tienen en cuenta:
- Implementación de mejores prácticas u otras medidas apropiadas para prevenir la contaminación del aire;
- características técnicas de instalación, ubicación y condiciones ambientales locales;
- La naturaleza de las emisiones al aire, su capacidad para transferir contaminantes de un medio a otro y los efectos sobre las personas y el medio ambiente;
- programas o proyectos relacionados con la calidad del aire o la reducción de emisiones de gases; Y
- Valores límite de emisión a la atmósfera impuestos por leyes y reglamentos o acuerdos internacionales de los que España sea parte (artículo 5 del Real Decreto 100/2011).
Hacer cumplir las normas rigen actividades o contaminantes específicos. Por ejemplo, las grandes instalaciones de combustión están sujetas a determinadas condiciones del Real Decreto 815/2013 sobre emisiones industriales y el Real Decreto 430/2004 por el que se establece una nueva regulación sobre los límites de emisiones a la atmósfera de las grandes instalaciones de combustión, mientras que las medianas instalaciones de combustión están sujetas al Real Decreto. 1042/2017 Emisiones Industriales.
ii Calidad del agua
El Real Decreto Legislativo 1/2001 regula las aguas dulces y los terrenos asociados (dominio público hidráulico). De acuerdo con esta disposición, el uso del agua para fines privados requiere una concesión otorgada por la Autoridad de Cuenca. Otras actividades como el uso de la cuenca del río o la descarga de aguas residuales requieren autorización emitida por la Autoridad de Cuenca.
La Ley 22/1988, de aguas marinas y terrenos asociados (dominio público marítimo-terrestre), sigue una estructura similar. Por tanto, el uso, ocupación u obras de dominio público marítimo-terrestre están sujetos a autorización o concesión. Adicionalmente, se requiere autorización previa para los vertidos desde tierra al mar. La Ley 22/1988 se completó con la Ley 41/2010 de Protección del Medio Marino, que regula la ordenación, conservación, protección y mejora del estado ambiental del medio marino.
Con el fin de proteger mejor el dominio público tanto hidráulico como marítimo-terrestre, se imponen flexibilizaciones y limitaciones a la propiedad de las parcelas colindantes. La planificación también es clave para lograr el nivel adecuado de seguridad.
En lo que respecta al dominio público hidráulico, cada cuenca tiene sus propios proyectos, entre otros, para lograr buenos niveles de agua y una adecuada protección de los recursos hídricos, satisfacer las necesidades hídricas, lograr un desarrollo regional y sectorial equilibrado y armónico, aumentar la disponibilidad de recursos y su seguridad. Calidad y reducción del coste de su uso.
En cuanto al dominio público marítimo-terrestre, la Ley 41/2010 establece la obligación de desarrollar planes estratégicos específicos para cada espacio marítimo. Los planes de los cinco espacios marítimos españoles fueron aprobados por Real Decreto 1365/2018.
Además, el otorgamiento de concesiones de captación o vertido del dominio público hidráulico está en función del estado ambiental del medio y de la compatibilidad entre la captación o vertido de agua y la sostenibilidad ambiental. Para determinar ambos, es importante el contenido del plan de cuenca específico aplicable.
Para los vertidos de agua, dado que es difícil determinar límites máximos individuales de aplicabilidad general, se establecen valores límite de vertido aplicables a situaciones específicas. Las circunstancias a considerar son el contenido del plan específico aplicable, que suele incluir valores límite máximos de emisión u objetivos de calidad, así como las características específicas del vertido a aprobar (por ejemplo, ubicación, contaminantes o volumen).
Similares consideraciones se aplican a la hora de conceder autorizaciones de vertido en el dominio público marítimo. En función de los objetivos de calidad aplicables y de las características específicas del vertido, las solicitudes de autorización de vertido en dominio público marítimo podrán ser denegadas o limitadas, siempre que no se produzca una alteración ambiental significativa (artículo 57.3 de la Ley 22/1988).
iii Productos químicos
Las principales normas españolas sobre productos químicos provienen de las normas de la UE, al igual que la mayoría de las leyes ambientales en España. De hecho, una de las mejores regulaciones sobre productos químicos es el Reglamento de la UE 1907/2006 sobre el Registro, Evaluación, Autorización y Control de Productos Químicos. Este reglamento establece deberes y obligaciones específicas (p. ej., registro en la Agencia Europea de Sustancias Químicas) de los fabricantes, importadores y usuarios intermedios de productos y artículos. Además, el Reglamento UE 1272/2008 regula la clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y productos químicos.
La Ley Nacional 8/2010 establece las sanciones aplicables a las infracciones de los Reglamentos UE 1907/2006 y 1272/2008. Como complemento, los Reales Decretos 255/2003 y 363/1995 regulan determinados aspectos específicos de la clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y productos peligrosos.
Además, el Real Decreto 840/2015 sobre control de riesgos de accidentes graves con sustancias peligrosas exige la notificación del establecimiento de actividades que utilicen determinadas sustancias peligrosas y somete dichas instalaciones a una serie de condiciones preventivas, como la elaboración de planes de política de prevención, informes de seguridad. o planes de contingencia. Dependiendo de la cantidad de materiales peligrosos presentes, las instalaciones se clasifican como instalaciones de riesgo bajo o alto. Las instalaciones de alto riesgo están sujetas a obligaciones y requisitos más estrictos.
iv Residuos sólidos y peligrosos
La Ley 7/2022 define ‘residuo’ como cualquier material del que su poseedor disponga o tenga la intención u obligación de hacerlo. La Ley incluye definiciones de varios tipos de residuos, como residuos peligrosos, domésticos, comerciales, industriales o biológicos, así como aceites usados y residuos de construcción y demolición.
Los residuos peligrosos tienen propiedades peligrosas enumeradas en el Anexo I de la Ley 7/2022 y están considerados por la normativa comunitaria, nacional o autonómica. El tratamiento de residuos peligrosos está sujeto a autorizaciones específicas y debe cumplir condiciones especiales y obligaciones de documentación de almacenamiento, etiquetado y embalaje. Además, la producción de residuos peligrosos debe ser comunicada a las autoridades o inscrita en el registro público de pequeños productores de residuos peligrosos. El generador de residuos peligrosos debe estar obligado a otorgar un seguro o cualquier otra garantía financiera para cubrir las responsabilidades en que pueda incurrir su operación. Residuos peligrosos.
La recogida de los residuos domiciliarios está encomendada a los municipios (pueden ser residuos comerciales no peligrosos), mientras que los productores de residuos industriales están obligados a entregarlos a gestores de residuos autorizados y llevar un registro de su correcta distribución y gestión de residuos. Los gestores de residuos deben obtener autorización previa y contar con garantías económicas.
Determinados tipos de residuos también están sujetos a normativas específicas. Entre otros, para los residuos de envases actualmente regulados por la Ley 11/1997 y el Real Decreto 782/1998 (que se sustituirá por el nuevo Real Decreto que se desarrolle), los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos se rigen por el Real Decreto 110/2015, de construcción y demolición los residuos se rigen por el Real Decreto 105/2008, los residuos de aceites se rigen por el Real Decreto 679/2006 y los residuos de pilas se rigen por el Real Decreto 106/2008.
Además, la legislación española sobre residuos incluye la responsabilidad ampliada del productor (es decir, la responsabilidad del productor durante todo el ciclo de vida de un producto, especialmente su devolución, reciclaje y eliminación final). Los productores pueden cumplir con estas obligaciones ya sea individualmente o en forma conjunta a través de un sistema de gestión integrado, un sistema que asume las obligaciones establecidas en nombre de todas las partes que cumplen.
tierra contaminada v
La Ley 7/2022 y el Real Decreto 9/2005 (Establecimiento de la Lista de Actividades Contaminantes del Suelo y Criterios para la Declaración de Suelos Contaminados) son las principales disposiciones que regulan la contaminación del suelo.
Los explotadores de actividades incluidas en la lista de actividades que pueden contaminar el suelo según el Real Decreto 9/2005 producen, manipulan o almacenan materiales peligrosos superiores a 10 toneladas anuales o disponen de un depósito de combustible para uso privado con un consumo medio anual. Por encima de 300.000 litros y el volumen total de almacenamiento es igual o superior a 50.000 litros, se debe presentar un informe preliminar de suelos antes del 7 de febrero de 2007.
Posteriormente, considerando el contenido de este informe, las autoridades tenían la opción de solicitar información más detallada. Los operadores deberán actualizar periódicamente el informe de suelo ante las autoridades autonómicas -la regulación de esta actualización la determina cada comunidad autónoma- y, en todo caso, al establecer, ampliar o cerrar la operación. De igual forma, los propietarios deben preparar un informe de suelo cuando cambien el uso del suelo o soliciten un permiso para otra operación.
Además, las actividades potencialmente contaminantes del suelo o los propietarios del suelo que hayan realizado deberán hacer constar esta situación en una escritura pública de cesión de derechos sobre el suelo de que se trate.
Por regla general, las autoridades regionales tienen la facultad de declarar un suelo contaminado. Para ello, debe existir un riesgo para la salud humana o el medio ambiente, teniendo en cuenta el uso específico del suelo. Los criterios a tener en cuenta para esta declaración vienen fijados por el Real Decreto 9/2005, que diferencia entre usos del suelo industrial, urbano y otros.
En la forma prescrita por las autoridades – las personas obligadas a limpiar el sitio son, por este orden, el contaminador, el dueño del sitio contaminado y su dueño.
Los suelos declarados contaminados deben inscribirse en el registro de la propiedad y solo pueden retirarse si las autoridades regionales confirman que la limpieza se ha llevado a cabo correctamente y, por lo tanto, no representa un riesgo inaceptable para la salud humana o el medio ambiente.
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